• El sistema electoral vasco es el único de todas las comunidades autónomas en el que no se tiene en cuenta la población para repartir proporcionalmente los escaños; una excepción que obedece a motivos históricos y también políticos.

 

  • La comunidad autónoma del País Vasco se configuró como una realidad confederal, una unión de sus tres territorios históricos; auténticos depositarios del autogobierno vasco a través de sus fueros. De hecho, este reparto no se estableció en las leyes electorales ni en sus sucesivas reformas, sino que figura en el propio Estatuto de Autonomía, que en su disposición adicional primera detallaba incluso que fueran 20 por provincia.

 

  • El censo electoral de 2024 asciende a 1.795.206 electores. Vizcaya (Bizkaia) cuenta con 945.874; Guipúzcoa (Gipuzkoa) suma 587.709, y Álava (Araba), 261.623. Esto significa que el voto de un alavés pesa 3,6 veces más que el de un vizcaíno.

 

  • En Vizcaya (Bizkaia), cada parlamentario representa a 37.834 votantes, mientras que un escaño guipuzcoano corresponde a 23.508, y uno alavés, a 10.464. Esta diferencia llevó, en legislaturas pasadas, a sobrerrepresentar notablemente a fuerzas políticas como Unidad Alavesa, que llegó a tener 5 escaños en 1994 con solo 27.797 votos. En esos comicios, Ezker Batua (EB) logró 6 parlamentarios con 93.291 sufragios.

 

  • Además, la ley electoral vasca estableció un mínimo del 5% de los votos emitidos en una circunscripción para poder acceder al reparto de escaños, pero en 2000, a iniciativa (y conveniencia) de Ezker Batua, se modificó este apartado de la norma para rebajar este requisito al 3%, vigente en la actualidad.

Fuente: La Sexta Noticia.