César Emilio Rossel
Paraguayo
Abogado, doctor en Derecho Público; máster en Asuntos Públicos y Gobernabilidad y máster en Ciencias Jurídicas; especialista en Derecho Constitucional (Universidad de Salamanca); especialista en Gobernabilidad, Gerencia Política y Gestión Pública (George Washington University); en internacional en Consultoría Política y Gestión de Gobierno (Universidad Camilo José Cela de Madrid, España); en Derecho Electoral (A-WEB, Corea del Sur); en Ciencias Jurídicas y en Didáctica Universitaria, entre otros.
Cuenta con varias publicaciones como “Financiamiento Político en Paraguay”, en el año 2020; “Agrupaciones y Candidaturas Políticas en Paraguay”, en el año 2021, entre otras.
Ha participado en diversas misiones de observación electoral internacional en Argentina, Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Panamá, Perú, República Dominicana, entre otros.
Funcionario de carrera en la Justicia Electoral desde el año 1996. Ha ocupado diferentes cargos y responsabilidades de acuerdo con su crecimiento académico y personal.
Actualmente es presidente del Tribunal Superior de Justicia Electoral. También es docente de Doctorado en Derecho Público.
Introducción
La participación en las elecciones es la manera más usual cómo los ciudadanos se involucran en el proceso de toma de decisiones. Los ciudadanos y ciudadanas concurren a las votaciones a efectos de evaluar cuáles candidatos son los más aptos para decidir por ellos los asuntos de interés comunitario y expresan su parecer a través de un voto libre y secretamente emitido.
Es preciso aseverar que, en la medida en que sean más los ciudadanos que comparecen a los procesos electorales y decidan quiénes serán sus representantes, más gozarán estos últimos de dicha calidad, esto es, la de ser representativos de un mayor número de gente. Por el contrario, en la medida en que menos ciudadanos participen de la designación de sus mandantes, menos gozarán estos de tal condición y ello, más temprano que tarde, puede conducir al descreimiento. Ello acaba por conducir a un descenso en la calidad de la democracia, pues aquellos que cuentan con el mandato popular son objeto de cuestionamientos por parte de los votantes, y también de los no votantes. Al final, en la ola de críticas y cuestionamientos, rasgo propio de nuestra cotidianeidad, no se distingue cual es el obstáculo: la gestión de los mandatarios o el sistema mismo.
El presente artículo ofrecerá un resumen de la denodada labor que ha venido cumpliendo la justicia electoral paraguaya en los últimos años en el afán por fomentar la participación de los ciudadanos y ciudadanas en las votaciones. De su lectura podrá advertirse la serie de estrategias elegidas para preservar lo que se considera como uno de los valores supremos en los regímenes democráticos.
La constitucionalización de la justicia electoral en Paraguay
Con la Constitución Política vigente, jurada el 20 de junio de 1992, la justicia electoral (JE) adquiere raigambre constitucional pasando a concentrar en un solo órgano todo lo relacionado no solo con la organización de los comicios, sino también con el juzgamiento en la regularidad de los mismos. Asume así atribuciones de la extinta Junta Electoral Central –repartición estatal de naturaleza administrativa abocada a organizar las elecciones en todo el país– y la ya denominada justicia electoral, entendida como fuero especializado que integraba el Poder Judicial. Pasa así a erigirse en una suerte de cuarto poder con gravitantes funciones. La reunión de atribuciones administrativas y jurisdiccionales en una única institución representa un aspecto que marca la diferencia frente a sistemas electorales de otros países.
Figura 1. Conformación actual del Tribunal Superior de Justicia Electoral: César Rossel, Jaime Bestard y Jorge Bogarín.
Fuente: Justicia Electoral (2024).
La JE paraguaya, en su vertiente jurisdiccional, la componen el Tribunal Superior de Justicia Electoral, los tribunales y juzgados y fiscalías electorales de las distintas circunscripciones del país. En su vertiente administrativa, la componen organismos tales como la Dirección del Registro Electoral y organismos auxiliares.
La autoridad máxima es el Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE), compuesto por tres miembros elegidos por el Senado a propuesta de ternas seleccionadas por el Consejo de la Magistratura. Estos tres miembros escogen anualmente, entre ellos, a su presidente y vicepresidente. Se trata de la autoridad suprema en materia electoral en la República del Paraguay, y contra sus decisiones solo cabe la acción de inconstitucionalidad ante la Corte Suprema de Justicia.
Entre las funciones que le reconoce la Constitución Nacional se encuentran: la convocatoria, organización, dirección, supervisión, vigilancia y juzgamiento de los actos y de las cuestiones derivadas de las elecciones generales, departamentales y municipales, así como de los derechos y de los títulos de quienes resultasen elegidos. Resultan igualmente de su competencia las cuestiones provenientes de todo tipo de consulta popular, como lo relativo al funcionamiento de los partidos, movimientos políticos y alianzas electorales.
Huelga mencionar como otra de las funciones de la JE la de entender los conflictos de índole electoral suscitados en el seno de las organizaciones intermedias o cuerpos intermedios (asociaciones sindicales, deportivas, cooperativas y todo organismo que elige autoridades a través del voto universal, libre, igual y secreto de sus miembros, en virtud de lo dispuesto la Ley Nº 635/95.
Pese a no establecer ni la Constitución Política ni la ley electoral como expresa atribución, la JE, con la fisonomía diseñada a partir de 1992, asume como labor suya el fomento de la participación y el acrecentamiento de prácticas democráticas. A continuación, se proporciona algunas cifras vinculadas a la participación ciudadana en las elecciones desde el año 2001, para luego describir algunas iniciativas desarrolladas para concitar el involucramiento ciudadano.
Participación ciudadana a través de las elecciones
Los cimientos de la democracia yacen en la participación activa de la ciudadanía no solo eligiendo a sus representantes sino votando decisiones, a través de los denominados “Mecanismos de democracia semidirecta”, entre los cuales cabe citar al referéndum y a la consulta popular, ambos reconocidos por la propia Constitución Política.
Como podrá verse en el cuadro de abajo, la participación de paraguayos y paraguayas en las elecciones ha ido, a grandes rasgos, en franco crecimiento. La baja participación que puede verse en los comicios de 2011 se debe a que en ese año se realizó, por primera vez en el Paraguay, un referéndum destinado a modificar el texto constitucional, de suerte a considerar también electores a los compatriotas residentes fuera del país. El episodio constituyó la primera vez en la era moderna en ponerse en práctica un mecanismo de consulta ciudadana. En virtud del mismo, el parecer del electorado fue el de votar por la modificación de la Constitución Nacional en el sentido de considerar también como electores a los compatriotas residentes fuera del país.
Figura 2. Participación electoral en Paraguay.
Elaboración propia. Datos de la Justicia Electoral.
Por otro lado, las elecciones del año 2003, 2008, 2013, 2018 y 2023 fueron elecciones celebradas a nivel nacional y departamental (para elegir presidente/vicepresidente de la República, miembros del Congreso y autoridades departamentales). Las elecciones de 2001, 2006, 2010, 2015 y 2021 fueron comicios organizados a nivel municipal.
Figura 3. Comparativo entre electores habilitados y votantes. Desde 2001 a 2023.
Elaboración propia. Datos de la Justicia Electoral.
En la figura 3 podemos apreciar otros datos, esta vez en torno a la cantidad total de electores habilitados para votar en el padrón nacional y aquellos ciudadanos que efectivamente ejercieron su derecho al voto.
Figura 4. Comparativo entre electores habilitados y votantes. Desde 2001 a 2023.
Elaboración propia. Datos de la Justicia Electoral.
La figura 4 exhibe el promedio de la participación electoral desde el año 2001 hasta el año pasado (que se celebraron elecciones nacionales y departamentales) la cual se mantiene en torno al 60 % de los padrones habilitados. La participación por debajo de este porcentaje, como puede apreciarse, corresponde a elecciones municipales.
Participación electoral de mujeres
Hay que comenzar señalando que la participación igualitaria, sin distinción de género, se encuentra avalada por la Constitución, cuando establece que “…El hombre y la mujer tienen iguales derechos civiles, políticos, sociales, económicos y culturales. El Estado promoverá las condiciones y creará los mecanismos adecuados para que la igualdad sea real y efectiva, allanando los obstáculos que impidan o dificulten su ejercicio y facilitando la participación de la mujer en todos los ámbitos de la vida nacional…” (Artículo 48).
Figura 5. Elecciones Generales 30 de abril de 2023. Padrón de electores vs. votantes (Participación). Cuadro comparativo por departamento y sexo de electores y votantes.
Fuente: Dirección de Tecnologías de la Información (DTICs), Justicia Electoral.
La figura 8 pone de manifiesto que en las últimas elecciones el ejercicio del derecho al sufragio activo fue ejercitado mayormente por mujeres. En los comicios de referencia estuvieron habilitados para votar 2.420.232 hombres y 2.362.708 mujeres. Los resultados reflejan que cumplieron con su deber 1.496.610 hombres y 1.527.247 mujeres. En términos de porcentaje, el 49,5 % de los votantes fueron varones mientras el 50,5 % correspondió a las mujeres.
Es preciso reconocer que en el Paraguay se da una suerte de paradoja puesto que, aunque la composición del Registro Electoral y los guarismos de participación en los últimos comicios den cuenta de una activa presencia de mujeres en las urnas, incluso más que los hombres, ello no se refleja en una adecuada representación femenina traducida en más mujeres que resulten electas como representantes en los órganos públicos, dado el bajo porcentaje de la denominada “cuota de género” (en torno al 20% del total de listas de candidatos) y la inexistencia de la denominada “paridad democrática”. En efecto, el artículo 32 del CE dispone sobre el tema: “…La carta orgánica o estatuto del partido político establecerá las normas a las cuales deberá ajustarse su organización y funcionamiento. Es la ley fundamental del partido político y deberá contener cuando menos las siguientes cuestiones: (…) r) los mecanismos adecuados para la promoción de la mujer a cargos electivos en un porcentaje no inferior al veinte por ciento y el nombramiento de una proporción significativa de ellas en los cargos públicos de decisión. A los efectos de garantizar la participación de la mujer en los cuerpos colegiados a elegirse, su postulación interna como candidatas deberá darse a razón de una candidatura mujer por cada cinco lugares en las listas, de suerte que este estamento podrá figurar en cualquier lugar, pero a razón de una candidata por cada cinco cargos a elegir. Cada partido, movimiento o alianza propiciador de listas queda en libertad de fijar la precedencia…”
La disposición transcripta podrá parecer como una importante reivindicación del estamento femenino. Sin embargo, no es así si consideramos que el citado porcentaje de género solo es exigible en elecciones internas donde su inobservancia es penada con la no presentación de la lista. En las elecciones nacionales, departamentales y municipales este porcentaje no es exigible ni constituye requisito a ser observado para presentar las listas. He ahí el porqué de la escasa representación de mujeres en los órganos colegiados.
En otras palabras, la participación de mujeres en la pugna por cargos electivos no se acerca verdaderamente a una participación igualitaria, pues la cantidad de candidatos y electos del sexo masculino continúa siendo bastante superior.
Figura 6. Cantidad de candidatos electos como senadores, diputados, gobernadores y miembros de junta departamental. Elecciones 2013, 2018 y 2023.
Elaboración propia. Datos de la Justicia Electoral.
Pese a lo señalado, se observa en el comparativo que antecede, un leve aumento de candidatas electas en diversos cargos. Si bien aún se encuentra una diferencia importante de los parámetros entre candidatas y candidatos electos, es auspicioso poner de resalto este aumento de candidatas electas pues las mujeres son electas a pesar que la mecánica del sistema no le favorezca.
Este acrecentamiento de la participación femenina se debe, en gran medida, a los esfuerzos de la JE en promover el empoderamiento de las mujeres en la política nacional.
Algunos proyectos y programas para promover, incentivar y asegurar la participación electoral
Aunque los números exhibidos más arriba están lejos de lo que podría considerarse como apatía o abstención electoral, la JE es consciente de que las cifras pueden mejorarse todavía más. Es por eso que viene siempre impulsando distintos proyectos y programas que alientan a la ciudadanía a participar aún más en los comicios.
Escuela de Formación Política para Mujeres Líderes (EFPML)
Constituye un espacio de aprendizaje e intercambio de experiencias y análisis que va dirigido a las mujeres, con el propósito de propiciar su involucramiento en la toma de decisiones. Se erige en una iniciativa de capacitación que busca despertar y reforzar capacidades de liderazgo, con un enfoque de género, y brindar herramientas que permitan promover la representación en los espacios políticos y cargos decisivos.
La EFPML recibió el premio “Serafina Dávalos” en la categoría corporativa, otorgado por la Municipalidad de Asunción en el año 2022 y también la mención honorífica en la categoría “Igualdad de Género”, otorgada por la Red Mundial de Justicia Electoral en ese mismo año.
Figura 7. Anuncio sobre el lanzamiento de la Escuela de Formación Política para Mujeres Líderes, XII edición.
Fuente: Justicia Electoral (2024)
Como enuncia su programa de estudios, la EFPML ofrece “…una base conceptual y metodológica sobre materias y principios calves para la formación social y política, tales como derechos políticos y derechos humanos, poder, ciudadanía, liderazgo igualdad y equidad de género, negociación, comunicación y oratoria. El programa promueve a su vez, la construcción de redes y articulaciones para potenciar las habilidades y la participación activa y colaborativa de las mujeres en la vida pública y política…”
Esta escuela ya cuenta con más de diez ediciones que organizan a nivel país y ha alcanzado a más de 548 mujeres.
En el cuadro de abajo puede verse como algunas de las egresadas capitalizaron las enseñanzas aprendidas y lograron ser electas como autoridades municipales en los últimos comicios del año 2021.
Tabla 1. Alumnas de la EFPML que presentaron candidaturas y que fueron electas en las elecciones municipales de 2021.
ELECCIONES MUNICIPALES DE 2021 | |||
CARGO | ALUMNAS CANDIDATAS | ELECTAS | % ELECTAS |
INTENDENTE | 6 | 1 | 16.7 |
JUNTA MUNICIPAL TITULAR | 38 | 11 | 28.9 |
JUNTA MUNICIPAL SUPLENTE | 6 | 3 | 50.0 |
TOTAL, NIVEL PAIS | 50 | 15 | 30 |
Fuente: Dirección de Políticas de Género, Justicia Electoral.
Como podrá advertirse, un 30 % de las mujeres que participaron de la EFPML se presentaron como candidatas y lograron ser electas.
En la tabla II se aprecia la participación de mujeres en las elecciones generales y departamentales de 2023 donde, de las participantes que presentaron candidaturas, el 18,5% fue electo.
Tabla 2. Porcentaje de alumnas de la EFPML electas en las elecciones generales y departamentales de 2023.
ELECCIONES NACIONALES Y DEPARTAMENTALES DE 2023 | ||||
CARGO | ALUMNAS CANDIDATAS | ALUMNAS ELECTAS | % ALUMNAS ELECTAS | |
PRESIDENTE | 0 | |||
VICEPRESIDENTE | 0 | |||
SENADORES – TITULAR | 4 | |||
SENADORES – SUPLENTES | 1 | |||
DIPUTADOS – TITULAR | 8 | |||
DIPUTADOS – SUPLENTES | 1 | |||
GOBERNADOR | 0 | |||
JUNTA DEPARTAMENTAL – TITULAR | 10 | 4 | 40.0 | |
JUNTA DEPARTAMENTAL -SUPLENTES | 3 | 1 | 33.3 | |
TOTAL | 27 | 5 | 18.5 |
Fuente: Dirección de Políticas de Género. Justicia Electoral.
Proyecto “Educar para Elegir – Construyendo mi país”
La Justicia Electoral está convencida de que la vocación participacionista debe construirse desde temprana edad. La conciencia democrática es algo que, como todo en la vida, debe desarrollarse con el tiempo, a través de la práctica.
Este proyecto se realizó, por primera vez, para las elecciones nacionales y departamentales de 2018 y se repitió en las elecciones nacionales y departamentales de 2023, ocasión en la que contó con el apoyo del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD).
El proyecto consiste en llevar la experiencia de una jornada electoral hasta las escuelas y colegios. Lo que se busca es que niños y jóvenes puedan tener una experiencia similar a la de los adultos, votando a candidatos de su preferencia en elecciones ficticias. De esta manera, se aspira a generar conciencia cívica y una sensación cierta de compromiso con la patria. Se aspira fomentar el concepto de “ciudadanía” en niños, niñas y jóvenes menores de edad, permitiéndoles formar parte –de manera simbólica y con un perfil instructivo– del ejercicio patriótico-democrático de la votación, para que desde temprana edad puedan familiarizarse y aprender acerca de la importancia y, sobre todo, la gran responsabilidad que tenemos todos los ciudadanos al elegir a nuestros gobernantes.
Durante las aludidas elecciones nacionales y departamentales de 2023, más de 6.000 niños, niñas y adolescentes eligieron valores democráticos como responsabilidad, compromiso, tolerancia, honestidad, equidad, en las ciudades designadas mediante encuestas ciudadanas realizadas a través de nuestras redes sociales; donde para ser partícipes de la votación debieron presentar su cédula de identidad (vigente o vencida) y tener entre 5 y 17 años de edad. Así, también, han participado menores de 5 años que no requerían asistencia de sus padres o tutores.
Cabe resaltar que los valores democráticos propuestos buscaron promover la convivencia como ciudadanos; enfatizando las características y cualidades que dirigen a nuestra sociedad para lograr que el proceso democrático se consolide y sea exitoso.
Figura 8. Resultados finales del proyecto “Educar para Elegir” de 2023.
Elaboración propia. Datos de la Justicia Electoral.
Se registró en esta oportunidad una presencia de 6123 participantes, entre niños, niñas y adolescentes.
Proyecto “Justicia Electoral en mi colegio”
Esta iniciativa se la concibió pensando en aquellos jóvenes que cursan el tercer año de la media en instituciones educativas del país. Fue orientada a concienciar a los jóvenes y promover su participación en comicios, mediante charlas y orientaciones con el propósito de lograr su presencia real a nivel nacional, yendo más allá del mero ejercicio del sufragio activo, fomentando también su participación en cuestiones de relevancia para la ciudadanía.
Como lo revela su proclama, pretendió “…concienciar, motivar, comprometer y fortalecer al electorado joven, sobre la importancia de la participación en los comicios” (Justicia Electoral, 2015).
A fin de citar un ejemplo sobre el alcance que adquirió este proyecto, en el año 2019 participaron del mismo unos 600 alumnos procedentes de 31 instituciones educativas, solo en la ciudad de San Lorenzo, distrito vecino a la capital. Aglutinó estudiantes desde el primero al tercero de la educación media. El evento consistió en una capacitación a los jóvenes en cuestiones de materia electoral, como la importancia del sufragio y la elección de sus autoridades, dejando espacio para que se realizaran preguntas sobre los temas abordados.
Plan Nacional de Pasantías 2022-2023
Proyecto que vio sus inicios en el año 2021 como una iniciativa conjunta del TSJE y del Ministerio de Educación y Ciencias (MEC), ocasión en la que alrededor de 2.500 estudiantes colaboraron en el mismo para las elecciones municipales de ese año. A finales de 2023 ya eran más de 3.500 lo estudiantes que llegaron a participar en este proyecto. El plan consta de jornadas de capacitación a estudiantes que brindarán su apoyo en las elecciones. La capacitación es tanto teórica como práctica.
El emprendimiento buscó involucrar a los jóvenes a la dinámica de lo que implica organizar elecciones, con el fin de que amplíen sus conocimientos mediante instrucciones puntuales respecto a las innovaciones electorales implementadas, tanto en las elecciones primarias que se llevaron a cabo en el año 2022, como en las elecciones generales y departamentales de 2023.
Con la meta de seguir adelante con este proyecto, en el año 2022 se suscribió un nuevo convenio de cooperación entre el TSJE y el MEC en virtud del cual “…los estudiantes del Bachiller Técnico deberán cumplir 240 horas cátedra y los del Bachiller Científico aplicarán tareas en la Pasantía Socio-Comunitaria, con 50 horas cátedra”. Este convenio se extenderá hasta el año 2026.
Proyectos de “voto accesible” y “voto en casa”
La JE ha tomado como su bandera allanar todo tipo de obstáculos a la participación ciudadana y los proyectos a ser abordados en este apartado se inscriben dentro de ese norte.
El programa de “voto accesible” se inició como plan piloto en las elecciones municipales de 2015 para beneficiar a electores que, aunque estén en condiciones de trasladarse a los locales de votación, poseen dificultades de conducirse por sí solos. En este caso, incumbe al elector informar su situación de impedimento de suerte para poder incluirlo en el padrón de las denominadas “Mesas Nro. 1”, aquella situada en el lugar de más fácil acceso del local de votación, por lo general, a su entrada. Esto permite brindar cierta facilidad al elector para asegurar que esté en condiciones de ejercer su derecho de manera más confortable.
Y para ciudadanos que presenten problemas graves de salud o discapacidades motoras severas, hechos que dificulten o directamente imposibiliten que el elector pueda acudir al local de votación a ejercer su derecho el día de los comicios, existe la modalidad del denominado “voto en casa”, que también se inició como plan piloto en 2015. En este caso, la condición de dificultad motriz severa del elector es verificada por una junta médica, a fin de hacerlo beneficiario del programa. Una vez comprobada su situación, el elector pasa a figurar en un padrón de electores que sufragarán desde la comodidad de sus hogares o lecho de enfermos, para lo cual una comitiva de la Justicia Electoral con la urna de votación se constituirá en su domicilio. Cabe destacar que esta solicitud debe de hacerse para cada elección, de forma específica.
La petición de acogerse a estos programas se divulgaba siempre, en todas las elecciones en las cuales se viene poniendo en práctica, a través del centro de atención telefónica, en el horario que va de lunes a sábado, a partir de las 07:00 horas hasta las 19:00 horas, y domingos, de 07:00 horas a 13:00 horas. También podría hacerse a través del portal web de la Justicia Electoral y desde las oficinas distritales o del denominado Centro Ciudad Mujer.
Proyecto “Mi primer voto”
Se trata de una campaña de promoción del voto que se llevó a cabo en las elecciones generales y departamentales de 2023 y estuvo enfocada principalmente al electorado joven. Esta iniciativa reviste gran relevancia puesto que alrededor del 31 % de ciudadanos habilitados para votar está conformado por personas jóvenes (de entre 18 y 25 años de edad).
La campaña en cuestión se llevó adelante mediante una alianza que se efectuó con siete universidades del país. El objetivo era poder otorgar interesantes beneficios a aquellos jóvenes que acudiesen a votar por primera vez (dentro del rango etario arriba señalado). Así pues, en el día de los comicios, los miembros de mesa receptora de votos brindaban a estos noveles votantes un certificado especial con el logo “Mi primer voto”, cuya exhibición, en algunas de las universidades adheridas al convenio, otorgaba al portador acceso a importantes beneficios en materia de matrícula para las carreras universitarias.
Otros futuros proyectos
De todo lo expuesto puede advertirse que la Justicia Electoral no se limita a la organización y juzgamiento de las elecciones, sino que persigue ir más allá de su misión, buscando de manera proactiva, con mirada inclusiva, fomentar de manera continua programas y proyectos innovadores con el objetivo de promover la participación electoral.
Alianzas estratégicas de promoción al voto
Bajo el convencimiento de que la democracia es un compromiso y una responsabilidad que se construye entre todos, la autoridad electoral ha buscado concertar alianzas estratégicas con sectores del ámbito privado, de suerte a crear un acuerdo marco para establecer mecanismos en beneficio del ciudadano, con el afán de estimular la mayor participación electoral en los comicios venideros.
Estas alianzas, a su vez, buscan fomentar sinergias entre nuestra institución e instituciones privadas y/u organizaciones no gubernamentales, con el afán de lograr un impacto social con mejores resultados.
En este contexto, y con el objetivo de promover el voto de los ciudadanos, la Justicia Electoral a través del proyecto “Educar para Elegir” pretende implementar un Programa de Promoción al Voto a través de estas alianzas estratégicas, ofreciendo beneficios comerciales a los clientes que hayan acudido a las urnas para emitir su voto por primera vez, a ser implementados en los próximos comicios nacionales. En dicho contexto, a todas aquellas personas que se acerquen hasta cualquiera de los locales adheridos a la Alianza y exhiban su certificado de votación, automáticamente accederán a los beneficios que cada comercio promueva.
Uso de la tecnología en procesos electorales
La constante en los comicios de la actualidad es el concurso cada vez más acentuado de la tecnología. Se trata de un fenómeno que paulatinamente viene dándose en todos los órdenes del quehacer humano y el ámbito electoral no es la excepción.
Desde la primera vez que se utilizaron urnas electrónicas, en las elecciones municipales de 2001, hasta el empleo de otros dispositivos aún más modernos como las máquinas de votación/escrutinio empleadas en los últimos comicios de 2021 y 2023, revelan lo mucho que se ha logrado en ese sentido para facilitar el involucramiento de los ciudadanos en el cumplimiento de su derecho y deber cívico. Ello sin mencionar otros mecanismos favorecedores de la transparencia en los resultados, como ser la Transmisión de Resultados Electorales Preliminares (TREP), el Sistema Nacional de Financiamiento Político (SINAFIP), el Observatorio Nacional de Financiamiento Político (ONAFIP), las máquinas de votación, entre otros.
A continuación se expone algunas de estas innovaciones, de manera muy breve, para evitar extenderme en demasía.
Transmisión de Resultados Electorales Preliminares (TREP)
Sistema que permite a la justicia electoral brindar datos, como su propio nombre indica, preliminares a la ciudadanía sobre los resultados de las votaciones. La transmisión de datos se realiza teniendo como base a los certificados TREP, provenientes de cada mesa de los locales de votación a nivel país y en los locales habilitados en el extranjero, inclusive. Además, los datos que se van cargando en el sistema se actualizan en tiempo real y son, en todo momento, visibles por los ciudadanos. Para hacerlo, basta con ingresar al portal web dedicado para el efecto.
Si bien los resultados desplegados mediante el TREP no son vinculantes, pues es preciso ser diáfanos en que los resultados oficiales válidos son aquellos resultantes de la última etapa del juzgamiento y cómputo definitivo, cumple fehacientemente con su objetivo de brindar transparencia e información previa en el menor tiempo posible en esta etapa definitiva. Además, el sistema ha probado ser preciso y confiable, pues los resultados brindados por el TREP tienen apenas una ínfima diferencia respecto a los resultados oficiales obtenidos.
SINAFIP y ONAFIP
El Sistema Nacional de Financiamiento Político (SINAFIP) es una plataforma digital desarrollada por la Justicia Electoral con el fin de que las organizaciones políticas puedan presentar a distancia (no presencial) el registro de declaraciones juradas de los candidatos, así como sus informes de ingresos y egresos en materia de financiamiento político. Actualmente es el medio oficial de presentación de estos reportes que son requeridos por ley.
El Observatorio Nacional de Financiamiento Político (ONAFIP), por su parte, constituye un sitio digital de divulgación a la sociedad civil sobre los datos relativos al financiamiento de actividades de las organizaciones políticas y sus candidatos, tanto en elecciones nacionales, departamentales, municipales, como en las internas de las nucleaciones políticas.
El sitio, que posee un enlace en la página web oficial de la JE, está destinado a la visualización ciudadana de las rendiciones de cuentas de organizaciones políticas, tales como informes de su periodo ordinario, resúmenes de ingresos y egresos irrogados por campañas electorales, declaraciones juradas y rendiciones de cuentas de candidatos por elecciones, entre otros.
Conclusión
Como colofón de todo lo relatado, la participación ciudadana en el Paraguay mantiene porcentajes nada despreciables desde 1996, sobre todo en elecciones nacionales y departamentales.
Aun así, nunca deja de ser necesario fomentarla aún más, tarea que la cumple, el organismo electoral supremo, haciendo honor al eslogan que se ha ganado de erigirse en “custodio de la voluntad popular” pese a no existir en el plexo normativo una precisa atribución en ese sentido. Los resultados auspiciosos que se han venido logrando a través de todas las prácticas descriptas justifican lo saludable de las iniciativas adoptadas en pro de intensificar y favorecer la concurrencia de la ciudadanía a los espacios de toma de decisiones, en la convicción que una robusta participación de la ciudadanía legitima los procesos electorales y la democracia misma.