Las reformas políticas y electorales desean replantear la arquitectura constitucional o el funcionamiento del régimen político, el sistema electoral o los partidos políticos en Honduras. Esto se ha convertido en uno tema importante para el Congreso Nacional, y para la Comisión de Asuntos Electorales. Las reformas electorales que se han realizados en Honduras han estado incompletas, y desde el Congreso Nacional buscamos consolidar el sistema electoral con el propósito de que Honduras sea un estado democrático.
Desde el retorno a la democracia electoral, después de los regímenes militares, el sistema electoral hondureña ha sufrido algunas modificaciones con el fin de poder fortalecer la democracia y transparentar las elecciones en el país.
La Ley Electoral y de las Organizaciones políticas de 1977:
Reguló los procesos electorales para elegir a los diputados de la Asamblea Nacional Constituyente del 20 abril de 1980. Dicha ley fue instrumento verdaderamente innovador, reflejando los puntos de vista de nuevas fuerzas sociales y de grupos políticos reformistas.
Significó la intención de la modernización del Estado mediante el mecanismo de la democracia con procesos electorales en Honduras.
- Esta ley regula la celebración de elecciones internas en los partidos políticos
- El principio de representación proporcional en las elecciones internas de los partidos
- Flexibilización de los requisitos para las inscripciones de nuevos partidos políticos
- Reconoce el derecho a las candidaturas independientes.
Como lo plantean los profesores Anduiza, Eva; Bosch, Agustí en su libro “Comportamiento político y electoral”:
“Un sistema realmente democrático debe favorecer la máxima implicación de los ciudadanos en la definición de las leyes y las políticas. La democracia ideal estaría así caracterizada por una ciudadanía interesada e implicada en las cuestiones públicas y por múltiples oportunidades de deliberar y participar en la toma de decisiones sobre asuntos políticos” (Anduiza, Eva; Bosch, Agustí, 2004).
Ley Electoral de 1981 es la primera modificación a Ley Electoral de 1977 que regula el proceso de elección de la Asamblea Nacional Constituyente.
Con la Ley Electoral de 1981 se permite elegir el primer presidente, como parte de los procesos de la modernización y democratización de los Estados, movimiento que surgió en América Latina, a principio de los años 1980, conocido como la “ola de democratización”.
Ley Electoral de 1981 presentó un nivel mayor de dificultades para la participación democrática que las que se encontraban en la Ley de 1977. Ya que aumentó el número de firmas necesarias para solicitar la inscripción de un partido político, pasando de 10,000 a 20,000. En esa misma línea aumenta, de 1% al 2%, el número de firmas requeridas para la inscripción de candidaturas independientes, tanto para diputados o candidatos presidenciales de la Republica.
“Cabe señalar que la mayoría de los nuevos partidos son denominados “de maletín”, y siguen la tradición del PINU y la Democracia Cristiana que, desde su ingreso al ruedo electoral en la década de los 80, nunca cruzaron la barrera del 3% de los votos efectivos a nivel nacional. Erróneamente considerados partidos “en crecimiento”, suelen ser aliados convenientes de los partidos políticos hegemónicos para integrar “mayorías” en los órganos electorales. La excepción reciente han sido el Partido Libertad, Refundación (Libre) (Calderón, 2018).
El establecimiento de la forma de financiamiento público de los partidos políticos conforme al número de votos válidos obtenidos por cada partido político. Entre 1986 – 1990, en la administración del presidente Azcona de Hoyo, se impulsaron dos reformas electorales. La primera consistía en la democratización de los partidos a nivel de elecciones internas. La segunda reforma generó discrepancia entorno a que se elimina el cociente nacional electoral, y como consecuencia resulta una situación relacionada con la representación política a nivel de diputados del Congreso Nacional, pasando de 82 diputados a 134, y, finalmente, en la reforma de 1989 se determinó fijar en 128 diputados.
La reforma de 1992 estaba dirigida a mejor la utilización del voto por parte del ciudadano. Se añadió el voto separado en papeleta única; del mismo modo se incorpora la foto del candidato a la presidencia y el nombre del candidato a la alcaldía. Paralelamente se acordó aplicar el voto separado en papeletas separadas para las elecciones generales de 1997.
Entre el periodo 1994-1998, en el transcurso de la administración de Reina Idiáquez, se creó el Consejo Nacional de Convergencia. En el núcleo de este organismo se alcanzaron los siguientes acuerdos: el voto domiciliario, el voto separado en papeletas separadas a nivel de presidente de la Republica y de diputados al Congreso Nacional.
Los acuerdos de 2001 son el resultado de una coyuntura interna favorable a los cambios y al apoyo resuelto de la comunidad de países cooperantes. Se firma el Manifiesto de los Partidos Políticos al Pueblo hondureño (México, D.F. : UNAM; Instituto de Investigaciones Jurídicas : IDEA Internacional 2008, pp. 623-650 Paz Aguilar, E).
Dicho acuerdo incluía algunas reformas al sistema electoral, que pudiendo destacar, la separación del Tribunal Supremo Electoral del Registro Nacional de las Personas, la incorporación constitucional del plebiscito y el referéndum, la supresión de la figura de los designados presidenciales y la creación de la figura del vicepresidente, regulación de las campañas electorales, regulación de la financiación de la política y la revisión de los mecanismos de elecciones de diputados. Durante la administración de Madura, se redacta una nueva ley electoral inconclusa, y produjo resultados inesperados (México, D.F. : UNAM; Instituto de Investigaciones Jurídicas : IDEA Internacional 2008, p. 638 Paz Aguilar, E)
Con esta decisión sale la Ley Electoral de 2004. Esta ley tiene la característica que solo puede ser reformada o derogada por mayoría calificada de los dos tercios de votos de la totalidad de los miembros del Congreso Nacional. Esta situación requiere que constantemente todas las iniciativas que vamos a realizar en los procesos electorales requieran de los acuerdos, con la complejidad que lleva de pasar de un sistema política bipartidista a un sistema de partido multipartidista, con lo cual el pueblo hondureño rompe con la hegemonía del bipartidismo entre el Partido Liberal y Partido Nacional.
Propuestas de Reformas Políticas y Electorales en Honduras
En estos apartados expondremos un análisis de la principal propuesta de reforma políticas y electorales que ha diseñado y sistematizado la Red por la Equidad Democrática en Honduras (REDH) en el 2022. En una seria de conversatorios, integradas por una coalición de organización de la sociedad civil, y a la cual fue invitada permanente la Comisión de Asuntos Electorales del Congreso Nacional de Honduras, la cual presido como congresista.
Política Limpia
El fortalecimiento de la financiación y la utilización de fondo de los partidos políticos, para lo cual el sistema electoral hondureña requiere una reforma de la Ley de Financiamiento, Transparencia y Fiscalización de Partidos Políticos en Honduras (Ley de Política Limpia), con el fin de que esta ley tenga un mayor alcance en la intervención y evaluación de la financiación no electoral y fiscalización de los gastos públicos.
En la propuesta que pretende que el Congreso Nacional reforme, para establecer el límite de gasto de campaña acordes a la realidad nacional para todos los actores, incluyendo los partidos políticos como sujetos obligados.
Del mismo modo, se aspira a fortalecer las funciones para investigar, detectar y sancionar, más allá de las tradicionales multas, la utilización de financiamiento ilegal en las campañas electorales, con la finalidad de quelos partidos políticos no obtenga fondo de financiación de dinero vinculados con la corrupción, el narcotráfico y el crimen organizado.
La propuesta también implica regular la institucionalidad de los partidos políticos, su interrelación con la ciudadanía, en el marco de las normas y principios de la democracia representativa establecidas en la Constitución, definiendo sus deberes, derechos y obligaciones en materia de transparencia y rendición de cuentas, su funcionamiento democrático interno, su financiamiento y la obligatoriedad de rendir cuentas públicas. Por lo tanto, esta propuesta de reforma fortalecería los controles y funcionamiento de los partidos políticos en Honduras.
Reformas de los procesos electorales
La propuesta de la separación de las votaciones del nivel presidencial de los demás niveles de elecciones popular. En este caso será necesario reforma los artículos 211 y 212 de la actual Ley Electoral de Honduras.
Sobre la segunda vuelta electoral
Honduras es de los pocos países de América Latina en que la elección del presidente se realiza por la vuelta única. Este sistema está desfasado, y ya no cumple con la garantía democrática del contexto político actual del país. La aparición de otras fuerzas políticas, entre las que se incluye LIBRE, Partido Salvador de Honduras (PSH), Partido Anticorrupción (PAC), que entraron en el espectro político hondureño gracias al golpe de Estado, convirtiendo a Honduras de un sistema de bipartido a un sistema de multipartidismo.
La segunda vuelta electoral se difundió en el constitucionalismo iberoamericano durante la llamada, por Samuel Huntington, «tercera ola democratizadora, a fin de revestir de mayor legitimidad a los presidentes electos de manera directa por los ciudadanos (del Balotaje et al., s. f.).
“Las elecciones presidenciales directas por mayoría, con una segunda vuelta entre los dos candidatos más votados, se han usado en Francia desde 1965”.
(Colomer, 2004). “Este procedimiento permite, pues, que los votantes indiquen por qué candidato habrían votado en una segunda vuelta si su candidato más preferido hubiera sido eliminado en la primera vuelta (Colomer, 2004)”.
La segunda vuelta o el “ballotage” es un mecanismo que obliga al candidato a un cargo de elección popular a obtener la mayoria absoluta de los sufragios para logar el cargo en disputa, y se instaura como una condición de excepcionalidad en las reglas de la competencia electoral. La segunda vuelta posibilita que quieres resulten electos cuenten con el mayor porcentaje de legitimidad, producto del voto favorable de la mayoría de los votantes.
La Comisión de Asuntos Electorales, comprometida con impulsar reformas que beneficien al pueblo hondureño, y, sobre todo, escuchando la representación de los partidos políticos, sociedad civil, empresa privada, tomó la determinacion de realizar una ronda a nivel nacional de mesas de socialización para escuchar a los actores de la sociedad civil y de las fuerzas políticas.
El contenido anexo a este informe no solo recopila la opinión en torno a las dos propuestas de reforma electoral, sino que también recopila algunas de las sugerencias y peticiones que los diferentes participantes plantean para que puedan ser una ley electoral más profunda.
Las conclusiones obtenidas son: el 97.23% de los participantes considera que es factible para Honduras la implementación de la segunda vuelta electoral o balotaje. El 2.87% de los participantes no estuvieron seguros de la factibilidad de la reforma. El 0% de los participantes consideraron la propuesta como no factible.
Para la propuesta de la “separación de fechas de las elecciones”, el 89.30% de los participantes consideraron que “sí es factible” la reforma en mención. El 3.20% de los participantes consideran que “no están seguros” sobre la viabilidad de la propuesta. El 7.5% de los participantes consideran que “no es factible” la implementación de la “separación de fechas de elecciones”.
En la Comisión Electoral, que está integra por congresista de todas las fuerzas políticas presentes en el Congreso Nacional de Honduras, se acordó trasladar el tema a los partidos político a la Asamblea y convenciones anuales que le corresponde a nivel interno, lo sometan a discusión y se pronuncie al respecto de la segunda vuelta y la separción de elecciones.
Sobre la cuota de paridad en Honduras
Creación de la Ley sobre derechos, participación y prevención de la violencia política contra la mujer. El combate normativo que erradique la violencia política contra las mujeres, como uno de los principales obstáculos para que ejerzan plenamente sus derechos políticos y participación efectiva. Hay que recordar que Honduras, desde que se instauro la democracia hasta la fecha, solo ha existe una mujer presidenta, Xiomara Castro, por el Partido Libre, instituto político comprometido con la participación de la mujer en el espectro político, como se refleja también desde que en el Congreso Nacional se elegió como presidenta de la Corte Suprema de Justicia a Rebeca Ráquel Obando. Dos de los tres poderes del Estados -Ejecutivo y Judicial- son encabezados por mujeres.
Diecisiete países realizaron reformas entre 1991 y 2015 para establecer algún tipo de leyes de cuotas, e, incluso, seis países incorporaron la exigencia de paridad en las listas electorales para las elecciones legislativas (Bolivia, México, Costa Rica, Ecuador, Nicaragua y Honduras). La exigencia de paridad supone que las candidaturas deben ser integradas en partes iguales por candidatos de ambos géneros y, aunque la paridad se exige de manera formal, en la práctica eso luego no se traduce en la integración del Poder Legislativo (Freidenberg & Lajas, 2015).
En algunos países, las sanciones originales por incumplimiento de la cuota, por parte de los partidos, eran débiles (Panamá) o inexistentes (Honduras). Por ejemplo, en Panamá, en 1997, la ley establecía que si no se cumplía el porcentaje de cuota los partidos “podrán añadir candidatos de otro sexo”; y en Honduras, en 2000, directamente la ley no establecía sanciones a los partidos por su incumplimiento. (Freidenberg & Lajas, 2015).
Reforzar la cultura de la denuncia por quienes se sienta en algún momento que sus derechos de participación sean violentados o sea objeto de discriminación por el hecho de ser mujer. La creación de un marco jurídico que reconozca ese derecho a la mujer de participar en la vida política del país, así como la creación de instituciones para la atención de la mujer, tales como La Secretaría de Asunto de la Mujer o la Unidad de Género del Consejo Nacional Electoral (CNE) y la Comisión de Género del Congreso Nacional deben ser fortalecidas como instituciones de apoyo de la mujer en temas de participación y violencia política.
En ese sentido, la presencia de más mujeres en los puestos de decisión y la realización de procesos de selección de candidaturas más transparentes e institucionalizados, en cuanto a sus reglas, son más favorables a las mujeres, ya que permiten mayor formalidad y más conocimiento de cómo funciona el proceso de selección; que es lo que se espera de las mujeres como candidatas (Hinojosa 2012), y mayor oportunidad para desarrollar estrategias de control respecto al cumplimiento de los mecanismos de selección de candidaturas (Roza et al. 2010: 33).
Reconociendo en el ordenamiento jurídico hondureño el delito sobre la violencia política contra las mujeres como delito electoral, para ello será necesario una reforma al Código Penal hondureño, artículo 544. Esa misma línea para fortalecer la utilización de métodos antidemocráticos como la compra de votos, será necesario incorporar la compra de votos como uno delito no fiable en el Código Penal hondureño, artículo 544.
El Informe de violencia política, Honduras elecciones 2021, del Observatorio Nacional de la Violencia, (ONV) del Instituto Universitario en Democracia, Paz y Seguridad (IUDPAS) de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH), establece que la violencia política es el conjunto de agresiones perpetradas contra actores y líderes políticos, tiene como objeto imponer o silenciar intereses o posturas políticas a través del uso del poder o la fuerza: amenaza, rapto, secuestro, agresiones, atentados y homicidios.
Estos actos tienen la capacidad de afectar la vida, la integridad física, psicológica y patrimonial de candidatos a cargo de elección popular, dirigentes, simpatizantes, militantes y electores, así como el entorno familiar cercano. Además, las agresiones están encaminadas a determinar el sentido del voto, cuartan las aspiraciones políticas, impiden la participación y las renovaciones de liderazgo de los partidos políticos y en los cargos de elección popular.
Sobre la ley de justicia electoral
La propuesta de dotar al país de una ley de justicia electoral es imperativa puesto que el Tribunal de Justicia Electoral en Honduras no cuenta con uno marco jurídico; el país adolece de una ley procesal electoral; se debe aprobar este instrumento para construir certeza y seguridad jurídica de que los conflicto electorales se resolverán siguiendo uno debido proceso, y además se le brindará al Tribunal de Justicia Electoral la condición de máxima y última instancia de la decisiones electorales.
El funesto caso de la alcaldía de San Antonio de Flores, en el Departamento del Paraíso, Honduras, es un antecedente que impulsa la creación y aprobación de la ley procesal electoral ya que esta alcaldía lleva más de diecinueve meses sin tener autoridades edilicias, por un ampara que se admitió en la Corte Suprema de Justicia y aún no se resuelve. Este caso nos retrata el atraso en asuntos de justicia electoral, porque no puede ser posible que a casi dos años de pasadas las elecciones los habitantes de una comunidad no puedan tener la certeza de quién es su gobierno municipal.
A modo de conclusión
Necesitamos reformas electorales que fortalezcan nuestro sistema democrático. Procesos que le garanticen a las mujeres su participación sin restricciones, sin ser víctimas de violencia, sin ser víctimas de exclusión, sino que, al contrario, le generen oportunidades para participar en la toma de decisiones en el poder, en la construcción de la sociedad y la nación que anhelamos.
También es importante destacar que se debe abrir oportunidades para los pueblos originarios. Condiciones de sentirse incluidos en el desarrollo y en el bienestar y en la justicia de la patria que les pertenece.
Por otro lado, no puedo soslayar el tema procesal electoral en Honduras. Es de urgente y de suma necesidad la aprobación de una ley de justicia electoral, la cual se está dictaminando, llevamos avanzado un gran proceso. La aprobación de dicha ley se puede adelantar ya que tenemos condiciones para ser aprobada pronto en el país, debido a que existe, por parte de las fuerzas políticas representadas en el Congreso Nacional, la intención de avanzar en su aprobación
Existen algunos temas pendientes de mayor transformación del proceso democrático, como es la segunda vuelta electoral. Soy de los que siempre mantendré el respeto al soberano, a la voluntad del pueblo. La segunda vuelta electoral fortalece la democracia. Las visiones multipartidarias construyen consensos y acuerdos.
Además, creo que aleja los radicalismos, las posiciones aplastantes, y se construyen posiciones colectivas. Este tema de la segunda vuelta queda en manos de las asambleas y convenciones de los partidos políticos si se aprobara la reforma electoral sobre la segunda vuelta. De la misma forma hay propuestas sobre las mesas electorales con la participación de ciudadanos, que han sido propuestas pero que actualmente los partidos políticos, está aprobado, sean los que tienen mayor caudal electoral. Este componente creo que no va a tener variación.
Por último, Honduras requiere de más democracia, de más fortalecimiento de los partidos políticos, de mayores controles de los organismos que revisan la financiación de lo mismo; que se fiscalice que no entre a los partidos políticos dinero procedente del narcotráfico, de la corrupción, de la criminalidad.
Venimos superando una narcodictadura que durante 12 años secuestró el Estado, colocó a las instituciones a su servicio de la corrupción. Eso ha generado también una cultura de antivalores, que tenemos la obligación, como políticos, de derrotar la falta de construcción de acuerdos de país, de diálogo, que se ven reflejados en la crisis en el Congreso Nacional, donde para elegir autoridades de rango constitucional, como la elección de las autoridades del Ministerio Público, fiscal general y adjunto.
Se precisa de un arduo esfuerzo, de grandes complejidades por superar, que impiden, que avancemos como sociedad y como nación. La democracia es el mejor modelo de gobernanza de los pueblos. Seguiremos trabajando para fortalecerla, para que Honduras tenga uno sistema democrático robusto, desde la Comisión de Asuntos Electorales. No nos vamos a cansar de seguir trabajando para lograrlo y avanzar en las reformas que el pueblo hondureño necesita.
Bibliografía
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