Tanto en el lenguaje político como en el científico suelen emplearse como sinónimos los conceptos sistema electoral, derecho electoral, régimen electoral e, incluso, ley electoral. Por otra parte, esos conceptos contienen, en general, dos tipos de sentidos: un sentido amplio, que abarca las normativas jurídico-positivas y consuetudinarias que regulan la elección de representantes o de personas para cargos públicos; y un sentido estricto, por ejemplo, el sufragio o el modo de convertir votos en escaños. Es necesario distinguir las siguientes relaciones entre esos conceptos y sentidos: el concepto régimen electoral corresponde primordialmente al sentido amplio, abarcando todos los fenómenos relacionados con la elección. El concepto derecho electoral, por su parte, se refiere a todo lo regulado por ley con relación al proceso electoral, coincidiendo así con el sentido amplio, o bien se refiere al sufragio en cuanto a las condiciones para poder participar de las elecciones y a la configuración de este derecho de participación. En tercer lugar, el concepto sistema electoral en su sentido restringido y científicamente estricto–, se refiere al principio de representación que subyace al procedimiento técnico de la elección, y al procedimiento mismo, por medio del cual los electores expresan su voluntad política en votos que a su vez se convierten en escaños o poder público. Vale tomar en cuenta que en América Latina el concepto sistema electoral se utiliza asimismo en sentido amplio, análogo a régimen electoral. En lo que sigue, se aplica el concepto en sentido restringido.

 

Para una cabal comprensión del objeto de los sistemas electorales es necesario distinguir tres niveles:

Los principios de representación –mayoritario y proporcional– entre los que el legislador tiene que elegir en caso de elecciones para órganos colegiados –elecciones parlamentarias–, mientras que para elecciones de un órgano unipersonal –elecciones presidenciales– cabe solo el principio mayoritario.

Los tipos de sistemas electorales, por ejemplo, la decisión en pro de un sistema de mayoría relativa o absoluta dentro del principio de representación por mayoría. La determinación de los tipos de sistemas electorales y su adhesión a los principios de representación es una cuestión muy controvertida.

Los elementos técnicos particulares que constituyen un sistema electoral y pueden determinar en su caso el tipo de sistema electoral.

 

Autor:  Dieter Nohlen

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